La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) colocó sellos de suspensión a las aerolíneas Volaris y Viva Aerobús en los aeropuertos de San Luis Potosí y Puerto Vallarta, por cobrar el equipaje de mano y no incluirlo en tarifa básica del ticket de abordaje.
Mientras que con Aeroméxico se logró conciliar y la aerolínea aceptó incluir, sin cargo extra, equipaje de mano de hasta 10 kg, aún en su tarifa más baja tras una advertencia de la Profeco.
Esto luego de algunos reclamos de consumidores que exigieron que se les permitiera viajar con equipaje de mano sin cargo extra.
El artículo 47 Bis, fracción IX, tercer párrafo de la Ley de Aviación Civil, establece que: “… el pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los diez kilogramos”.
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